Reflexiones sobre el ingeniero industrial en la administración

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Miguel Torres Subiela es Ingeniero industrial por la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales de Sevilla (2ª Promoción). Funcionario del Cuerpo de Ingenieros Industriales del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, actualmente prestando servicios en la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía. Ha sido preparador de oposiciones a los Cuerpos de Ingenieros Industriales, ingenieros de Minas e ingenieros técnicos industriales desde 1988 a 2005.

La actividad de la Administración tanto estatal, autonómica o local tiene por objetivos, entre otros, garantizar la salud, la seguridad de las personas y los bienes y la protección del medio ambiente. Es en estos ámbitos de actuación donde debe dotarse de medios materiales y personales para atender las obligaciones que le son propias en el cumplimiento de tales objetivos. Si bien estos objetivos, antes de nuestro ingreso en la Unión Europea, se concretaban mediante normas propias estatales, la pertenencia a la misma conlleva el cumplimiento de la normativa comunitaria establecida a través de diferentes reglamentos, directivas…
Los ingenieros industriales por su formación tienen unos conocimientos de carácter multidisciplinar que se intensifican en la especialidad elegida (Mecánica, Electricidad Química..), por tanto están capacitados para actuar en campos muy diversos relacionados, entre otros, con las infraestructuras energéticas de gas y electricidad, construcción y edificación en general, seguridad de instalaciones y equipos (almacenamiento de productos químicos, instalaciones frigoríficas, equipos a presión, instalaciones receptoras de gas y electricidad, aparatos elevadores, productos derivados del petróleo, grúas, climatización de edificios, seguridad contra incendios), vehículos automóviles, control y optimización de procesos, operación y mantenimiento de instalaciones industriales o del sector terciario, seguridad y salud laboral, análisis de impactos ambientales de las instalaciones industriales, análisis de eficiencia energética en instalaciones o edificación, uso térmico para generación eléctrica de las energías renovables, aprovechamiento de calores residuales e instalaciones de cogeneración térmica, eléctrica o mecánica.
Aún cuando la Administración ha externalizado muchas de las intervenciones técnicas en materia de seguridad industrial, apoyándose en la Infraestructura de Calidad propiciada por la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, las exigencias de ésta y diferentes leyes como la Ley 38/1999, del 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, Ley 7/2007, del 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, Ley 31/1995, del 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales,… son controladas mediante actuaciones de inspección, control y sanción. Al tener estas actuaciones carácter de potestades administrativas, deben ser ejercidas por funcionarios con competencia técnica y formación administrativa suficiente para llevar a cabo tales funciones. La conjunción de la competencia técnica y la formación administrativa es la justificación de la existencia de plazas en la Administración estatal, autonómica o local reservadas a los ingenieros industriales en exclusiva en unos casos o compartidas con otras titulaciones.
Los procesos de acceso a la administración para adquirir la condición de funcionario se llevan a cabo, normalmente, mediante oposiciones libres o concurso-oposición, que son convocados por la administración estatal (Ministerio de Industria, Turismo y Comercio entre otros ministerios), autonómica (Junta de Andalucía entre otras administraciones autonómicas) o corporaciones locales.
La preparación de la oposición es conveniente que sea tutelada por un preparador experimentado (normalmente un funcionario ingeniero industrial) que facilite la documentación a estudiar, oriente sobre las dificultades de las materias, la estrategia de la oposición y marque objetivos de estudio evaluando los avances conseguidos durante el camino.
El ingeniero industrial que pretenda opositar deberá analizar su situación personal y familiar, haciendo especial énfasis en su tiempo disponible y considerando que lo que se aprende estudiando en una oposición es muy útil para el desempeño profesional por ser aspectos poco tratados en la formación académica.

 

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